ASOCIACIÓN MEDICA ARGENTINA
URGENTE
Señores Socios y Sociedades Científicas
De nuestra Mayor consideración:
Ponemos a vuestra consideración la carta
enviada al Sr. Presidente de la Nación y otras autoridades en referencia al
Decreto de Necesidad y Urgencia sobre Emergencia Sanitaria, donde puntualizamos
la opinión de la AMA sobre aspectos que afectan al Ejercicio Profesional del
Médico.
Saludan a ustedes muy atentamente
La Comisión Directiva
Buenos Aires 8 de marzo del
año 2002
SR PRESIDENTE DE LA
NACIÓN
DR EDUARDO DUHALDE
S/D
De nuestra mayor
consideración:
Dada la crisis social,
económica, cultural y moral que cubre al país, nuestra Institución con el único
fin de contribuir a los esfuerzos del Gobierno Nacional para lograr el camino
que le permita superar esta situación y generar los cambios necesarios para
sentar las bases de una nueva república, nos dirigimos a Ud
por indicación de nuestra Comisión Directiva, a fin de informarle que frente a
la factibilidad de la firma del Decreto de Emergencia Sanitaria, dados los
informes periodísticos y de distintos encuentros en los que han participado
varios de nuestros socios, el mismo contiene aspectos que de ser concretados,
afectaría a la población al lesionar responsabilidades de la actividad médica,
en especial una de ellas, por lo que nos sentimos obligados a transmitirle en
forma directa nuestra opinión.
En el factible Decreto en
el Cap II, Tit II, art 10, inc d) dice: "sustitución
en la dispensación, por parte de profesional farmacéutico, del medicamento
recetado con marca registrada, por un medicamento que contenga los mismos
principios activos, concentración, forma farmacéutica, cantidad de unidades por
envase y menor precio..."
Este inciso lesiona la Ley
de Ejercicio Profesional Nº 17132, menoscaba no sólo el verdadero valor del
acto médico al prescribir una receta, sino además amplía temerariamente las
reales incumbencias de una profesión tan digna y necesaria como es la del
profesional farmacéutico, cuyo verdadero y fundamental objetivo en la cadena de
la atención médica es garantizar a la población de que el producto que expende
sea de calidad probada.
De proseguir este proyecto,
lesionando en forma grave la relación médico-paciente, debe recordarse que el
acto médico de la prescripción tiene un valor científico, y ético, pero lleva
implícito el tema de Responsabilidad Legal por los Resultados por sus actos,
por lo que en la "Cascada de Responsabilidades" de la Atención
Médica, dado que "La Salud es Responsabilidad de Todos", se deberán
arbitrar las medidas legales para desligar al médico de la Responsabilidad
Legal de ese acto médico, lo que llevará a la dramática situación de una
medicina sin responsabilidad médico- jurídico, y es más, debería transferirse
al profesional farmacéutico esta responsabilidad legal, y/o al Ejecutivo que
sanciones este tipo de Decreto y/o al Legislativo que implemente una ley de
iguales características.
Sr Presidente, siendo Ud abogado, comprenderá que este tema es muy grave para
nuestra profesión y sobre todo, siendo esto lo más importante, es que esta
decisión repercutirá prácticamente en casi toda la población del país que a
igual que la mayor parte del Equipo de Salud es "cautivo" de los
Sistemas de Atención de la Salud sean para carenciados
(Público), jubilados (PAMI), trabajadores (Obras Sociales). Por ello le
solicitamos no se de cabida a este tipo de iniciativas no legales.
Nos despedimos de Ud aprovechando la oportunidad para expresarle nuestro
respeto y pidiendo a Dios que guíe sus pasos.
DR MIGUEL FALASCO
SECRETARIO GENERAL
DR ELÍAS HURTADO HOYO
PRESIDENTE
c/c
Presidente de la Mesa de
Diálogo Argentino
Jefe de Gabinete
Ministro De Salud
Ministro de Economía
Ministro de Justicia
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministro de Desarrollo Social
Presidente de la Academia Nacional de Medicina
Presidente de AFACIMERA
Representante de la OPS
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